jueves, 30 de septiembre de 2010

HOSPITAL ROBERTO DEL RÍO RENUEVA CARTA DE DEBERES Y DERECHOS DE LOS PACIENTES


Recibir atención de salud sin ser discriminado y un buen trato, que se resguarde su privacidad pero también respetar a los profesionales y cuidar las dependencias de un recinto asistencial.

Estos son sólo algunos de los puntos incorporados en la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes y Acompañantes del Hospital Roberto del Río, la cual fue renovada para mejorar la convivencia en el recinto.

El documento se confeccionó a partir de un proceso participativo, donde el Consejo Consultivo de Usuarios, conformado por representantes de los funcionarios, de los pacientes y de la Dirección, abordó las temáticas y definió aquellos derechos y deberes que representan mejor las necesidades de los usuarios.

¿Cuales son mis derechos?

Recibir atención de salud sin discriminación: Los niños(as) recibirán atención de salud que el Hospital esté acreditado para otorgar y en condiciones de realizar. Esta prestación no deberá ser rechazada por su condición socio-económica, raza, edad, credo religioso, sexo, orientación sexual o estado de salud.

En los casos que sea necesario, será derivado a otro centro asistencial, informando con la debida antelación los motivos de está decisión a los padres y/o tutores.

Recibir un trato digno: Los niños(as) y sus familias tienen derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia. En consecuencia, el personal hospitalario utilizará un lenguaje adecuado, comprensible al paciente y a sus familiares durante la atención.

Respeto a la privacidad y pudor: Los niños(as) recibirán la atención que requieran y para ello seremos respetuosos de su dignidad, pudor y privacidad, dentro de lo posible.

Respeto a la confidencialidad: Los niños(as) tendrán derecho a la reserva y confidencialidad de su estado de salud. Resguardando la información del paciente y sus procesos de atención que se registran en su ficha clínica, informando sólo a los padres y/o tutores.

Recibir orientación sobre el funcionamiento del Hospital: Los padres o tutores tendrán derecho a recibir orientación sobre el funcionamiento de los servicios del Hospital, con el objeto de facilitar el acceso a la atención, existiendo lugares especialmente habilitados tales como: la Oficina de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) y la unidad de acompañamiento espiritual.

En la OIRS tendrán derecho los padres y/o tutores a formular solicitudes ciudadanas, felicitaciones, sugerencias y/o reclamos, de acuerdo al procedimiento indicado por la operadora, Recibiendo respuesta por escrito dentro de los plazos establecidos.

Recibir acompañamiento: Los niños(as) tendrán derecho ha estar acompañados por su madre, padre y/o tutor legal y a recibir apoyo espiritual y psicológico. Sin embargo, deberá respetar las normas de acompañamiento establecidas en las reglas de visitas de nuestra institución.

Recibir información de salud: Los padres y/o tutores tendrán derecho a conocer el diagnóstico de la enfermedad, indicaciones, exámenes, procedimientos y medicamentos que el niño(a) reciba. Por ello el médico y/o profesional de salud deberá explicarle, en un lenguaje sencillo, en qué consisten estos: sus beneficios, contraindicaciones y efectos secundarios. Además los padres y/o tutores tendrán derecho a realizar sus consultas de aquello que no se comprenda.

Hospital docente asistencial: Tendrán derecho a conocer que se encuentran en un Hospital con personal de salud en formación, siendo la institución, responsable de cautelar la seguridad de la atención de los pacientes.

¿Cuáles son mis deberes y el de mis acompañantes?

Deber del trato respetuoso: Tener un comportamiento y lenguaje adecuado, prudente, responsable y respetuoso con el personal del Hospital y con el público que se encuentre al interior del establecimiento. El maltrato constituido por actos de violencia física o verbal en contra de los integrantes del equipo de salud, pacientes ó acompañantes, será denunciado a Carabineros de Chile.


Deber de informarse: sobre las modalidades de atención del Hospital y sus distintos servicios, prestaciones y costos. Informarse y canalizar sus consultas a través del equipo de salud de su unidad o servicio. También informarse y canalizar sus consultas, reclamos, sugerencias y felicitaciones sobre la atención a través de la OIRS.

Deber de cuidado de la instalaciones: Cuidar los baños, instalaciones y equipamiento del Hospital, cuidar las paredes y no rayarlas. Ambos casos constituyen un delito de daño al patrimonio público, que debe ser denunciado a Carabineros de Chile. No fumar, ni consumir bebidas alcohólicas dentro del recinto hospitalario. Utilizar los contenedores establecidos para la basura.

Deber de colaboración: Entregar información veraz sobre la identidad del niño(a), estado de salud, antecedentes personales, previsión de salud, dirección, teléfono y comunicar cualquier cambio al respecto. Respetar las normas de funcionamiento vigentes en el Hospital, como horarios, sistemas de visitas, áreas de circulación en el establecimiento y otras. Ser responsable y seguir las indicaciones del equipo de salud para evitar enfermedades y facilitar la recuperación del niño(a). No ingresar alimentos a los niños(a) hospitalizados.

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